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MANOSEO y CONFUSIÓN

Foto del escritor: Palemón AlamillaPalemón Alamilla



Desde hace algunos años la violencia desbordó y pareciera que no hay solución a corto plazo. Eso sí, en aras de justificarse, cada uno ‘expone’ la versión que encuentra a ‘modo’. Es lamentable que, temas -tan delicados- como la seguridad pública y la procuración de justicia, sean objeto de manipulación, por desconocimiento, o por (y para) confusión.


Lo anterior desde la esfera gubernamental. Esa verborrea ocupa espacios en diversos medios de comunicación. Así…, en tanto -los primeros- dicen lo que estiman ‘adecuado’, los segundos no documentan lo que difunden y, la población, vive en total confusión, subrayo.


Qué le toca hacer a cada uno, o -quién- lo ha dejado de hacer. El artículo 51 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, dice: “Las y los jueces federales penales conocerán” y, en su fracción I, dispone “De los delitos del orden federal”. Ante ellos, solo pueden acudir, para ejercer acción penal pública, los agentes del Ministerio Público Federal.


Después de la fracción de referencia, es posible leer: “Son delitos del orden federal” y, en cuatro diversas fracciones, la primera de ellas, con catorce incisos, los distintos supuestos de delitos de competencia federal, entre otros, los previstos en leyes federales y sin que lo mencione, es de entenderse, que una de esas leyes, es la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, cuya vulneración, es el epicentro del problema que sacude a nuestro país todos los días.


Luego, para efectos de la competencia del Ministerio Público Federal, el soporte legal aparece en la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, dentro de la que se encuentra la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (FEMDO), para intervenir y dar seguimiento a los asuntos de esa competencia, en el marco de la referida Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, que dispone en su artículo 1:


“La presente ley tiene por objeto establecer reglas para la investigación, persecución, procesamiento, sanción y ejecución de las penas, por los delitos cometidos por alguna persona que forme parte de la delincuencia organizada. Sus disposiciones son de orden público y de aplicación en todo el territorio nacional.”


Contrario a lo anterior, lo que no es competencia de los jueces penales federales, será…, de los del fuero común (y de los agentes del Ministerio Público de ese fuero), a consecuencia. De ello, dice el artículo 124 de nuestra Carta Magna: “Las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entenderán reservadas a los Estados o a la Ciudad de México, en los ámbitos de sus respectivas competencias.”


La intervención del Ministerio Público, Federal o de las entidades, a consecuencia de la comisión del delito. Antes de eso, la tarea es de la Guardia Nacional (competencia federal), y de las secretarias de Seguridad Pública en las entidades. Así, todo es claro y no hay que repartir culpas, solo ver resultados.


Con motivo de la violencia de todos los días -el parámetro-, para establecer el resultado, consiste en contabilizar el número de homicidios. Hoy, incluso, comparan la numeralia de las seis últimas administraciones (incluyendo la actual). Además de los homicidios, surgieron las desapariciones, con lo lacerante que resulta. Lo referiré más adelante.

Es cierto, el delito de homicidio es competencia del fuero común. Las procuradurías y fiscalías, de los estados, levantan y contabilizan los muertos y se ocupan de la investigación; empero, ese es el efecto…, que tiene una causa: el enfrentamiento entre grupos delictivos organizados. Las estadísticas oficiales lo respaldan.


A este planteamiento, no faltará quien diga, que deben ocuparse todas las autoridades y ‘juntas’, resolver el problema que México enfrenta todos los días, sin que ello sea posible, porque (entre otras cosas), un agente del Ministerio Público del fuero común no podría ocuparse de un asunto de competencia federal. Estaría realizando un ejercicio indebido del servicio público, de entrada.


Si bien, es posible que, entre autoridades, haya comunicación, intercambio de información y todo lo que haga posible la obtención de resultados, cada una debe asumir la responsabilidad, por lo que le toca hacer. Eso sí, podrán realizar tareas conjuntas (que no significa ir ‘juntos’, sin ton ni son), para tener apoyo, solo que -al frente de cada acción- deberá estar quien tenga la responsabilidad.


Ante el escenario de todos los días, sin discusión, es la FEMDO, de la FGR, la competente en la… “investigación…,” de los grupos delictivos. Bueno sería saber, de sus avances, para una posible solución. Antes de la comisión del delito, la responsabilidad -de acotarlos- es de la Guardia Nacional.

Porque…, desde los altos niveles, y ante la falta de resultados, solo aparece el ‘manoseo’, por lo que ocurre en los estados y no por lo que deja de hacer la autoridad federal. Eso de… “vamos a ir a ‘ayudar’ a las autoridades estatales, es una falta de respeto. No se vale. Si hacen lo que les toca -la ‘ayuda’- estará implícita, porque disminuirán (ojalá acabaran) los homicidios y las desapariciones.


A lo anterior…, los comunicadores dicen, entre otras cosas…, “la autoridad estatal está rebasada” y, no, no lo está, porque no es de su competencia… “…la investigación…, por los delitos cometidos por alguna persona que forme parte de la delincuencia organizada.”


Eso sí, la investigación de los delitos previstos -en la ley federal de referencia- es de oficio y, las autoridades municipales y estatales, no deben permanecer pasivas. Deberán informar, a la autoridad competente, de la presencia y actuaciones de grupos delictivos organizados y, en el supuesto de que haya pasividad o algo más grave, la autoridad federal deberá proceder en su contra.


Con relación a los desaparecidos (que ya se cuentan por miles), también es competencia del fuero común. Solo que, no es algo que ocurra entre particulares. Ahí también está la presencia de los grupos delictivos organizados. Urge acotarlos, con muy alto sentido de responsabilidad. Que ya no haya ‘manoseo’ del tema y confusión a la ciudadanía, que en forma masiva votó por el actual presidente. No lo merece el pueblo de México.

 
 
 

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Rodríguez Puebla esq. Francisco I. Madero (altos), Colonia Centro

Progreso de Obregón, Hidalgo.

Correo electrónico: info.alamilla@gmail.com

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